DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 06800
14 de julio de 2010
DJ-2840-2010
Señor
Mario Rivera T.
Gerente General
BANCO DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Se atiende solicitud de autorización para integrar más de tres juntas directivas según lo
contemplado en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito
en la Función Pública.
Se refiere este Despacho a su oficio Nº GG-06-291-2010 del 11 de junio de 2010, recibido en esta
Contraloría General el 14 de junio siguiente, complementado con oficios sin número recibidos el 17 de
junio y 8 de julio de 2010, mediante el cual solicita autorización con fundamento en el artículo 17 de la
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley Nº 8422, para que los
señores Percival Kelso Baldioceda, mayor, cédula de identidad Nº 1-200-829, Alcides Calvo Jiménez,
mayor, cédula Nº 1-370-240, Luis Paulino Arias Fonseca conocido como Pablo Ureña Jiménez, mayor,
cédula Nº 1-419-1068, y Alexánder Mora Delgado, mayor, cédula 1-617-691, integren las juntas
directivas del Conglomerado Financiero del Banco de Costa Rica según se expone adelante y puedan
percibir el correspondiente pago de dietas.
Manifiestan que para los intereses del Banco de Costa Rica resulta necesario que los directivos
propuestos en la presente solicitud integren todas las Juntas Directivas de las sociedades que componen el
Conglomerado BCR, ello con el fin de darle uniformidad a las decisiones y establecer un rumbo definido
para las entidades que lo componen.
I. Criterio del Despacho
1. Aspectos Preliminares
Como asunto de primer orden conviene señalar que con vista de la documentación remitida en su
solicitud, esta División Jurídica estimó necesario solicitar información adicional, mediante oficio Nº 6082
(DJ-2528) de 2 de julio de 2010, a fin de que esa institución procediera a indicar ...
Fecha publicación: 18/07/2010
Fecha emisión: 15/07/2010
Institución: BANCO DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos , Dietas
DIVISION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 06274
29 de junio del 2010
DJ-2632
Señora
Adriana Collado Chaves
Directora General
TEATRO NACIONAL
Apartado Postal 5015 San José
Fax 2223-49 90
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, con
fundamento en el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función
Pública.
Nos referimos a su oficio número DG-556-2010 de 11 de junio de 2010, recibido en esta
Contraloría General el 15 de junio del mismo año, mediante el cual solicita que este órgano contralor
valore la posibilidad de que se autorice de manera absolutamente coyuntural y excepcional por un
lapso de seis meses, el reconocimiento de trabajo extraordinario a una serie de funcionarios del Teatro
Nacional que se indican en la presente gestión.
Justifica lo anterior, entre otras consideraciones, garantizar que el servicio del Teatro Nacional
no se interrumpa y a poder salvaguardar el interés público.
Criterio del Despacho
Como asunto de primer orden resulta necesario hacer del conocimiento de esa administración
que el párrafo segundo del artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la
Función Pública, Ley Nº 8422, de 6 de octubre de 2004, y que hace referencia a la potestad de
aprobación previa por parte de la Contraloría General de las solicitudes de autorización para llevar a
cabo trabajos extraordinarios, fue reformado mediante la Ley Nº 8823, denominada “Reforma de
varias leyes sobre la participación de la Contraloría General de la República para la simplificación y el
Fortalecimiento de la Gestión Pública”, del 5 de mayo de 2010 y publicada en La Gaceta Nº 105 del 1º
de junio de 2010, en los siguientes términos:
“Artículo 17.- Desempeño simultáneo de cargos públicos.
(…)
Para que los funcionarios públicos realicen trabajos extraordinari ...
Fecha publicación: 02/07/2010
Fecha emisión: 29/06/2010
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 04418
9 de junio de 2010
DJ-1829
Señor
José Antonio Vásquez Castro
Subgerente General
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Denegatoria a la solicitud de reconsideración planteada por el Banco Nacional de
Costa Rica en relación con lo dispuesto por esta División Jurídica en el oficio Nº 10335 (DJ-
1476) de 7 de octubre de 2009, para integrar más de tres juntas directivas.
Damos respuesta a su oficio Nº SBE-259-2009 de 16 de diciembre de 2009, recibido en esta
Contraloría General el día siguiente, mediante el cual solicita reconsiderar la decisión emitida por esta
División Jurídica en el oficio Nº 10335 (DJ-1476) de 7 de octubre de 2009, en la que se denegó la
autorización para que los miembros de la Junta Directiva del Banco Nacional de Costa Rica, puedan
participar en la Junta Directiva de Bn-Leasing, considerando que no se puede acreditar
fehacientemente la inexistencia de superposición horaria entre las sesiones de las Juntas Directivas.
I. Antecedentes de la solicitud
A continuación, se citan como antecedentes de la presente gestión, los siguientes:
1. El 29 de mayo de 2009, el Ing. Juan Carlos Corrales Salas, M.B.A., Gerente General a.i.
del Banco Nacional de Costa Rica le solicitó a esta órgano contralor por medio del oficio
Nº GG-0192-2009 la autorización que establece el artículo 17 de la Ley contra la
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública para que directores de la
Junta Directiva General del Banco Nacional de Costa Rica puedan integrar la Junta
Directiva de BN Leasing, S.A.
2. Esta Contraloría General mediante el oficio Nº DAGJ-0902-2009 de 18 de junio de
2009, le solicitó información adicional para atender la solicitud de autorización para que
directores de ese Banco puedan integrar más de tres Juntas Directivas, al tenor de lo
dispuesto en el artículo 17 de la Ley contra la Corrup ...
Fecha publicación: 14/06/2010
Fecha emisión: 09/06/2010
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio Nº 04576
20 de mayo de 2010
DJ-1897
MSc.
Olga Sanabria Monge
Directora
COLEGIO VOCACIONAL DE ARTES Y OFICIOS DE CARTAGO NOCTURNO
COVAO
Fax: 2537-3487
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de autorización para que el Ing. Henry Fonseca Mora, pueda realizar
trabajo extraordinario en el Colegio Vocacional de Artes y Oficios de Cartago, Nocturno.
de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la
Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Se refiere este Despacho a su oficio sin número, del 23 de abril del 2010, recibido en esta
Contraloría General el 5 de mayo de 2010, mediante el cual solicita se le autorice al Ing. Henry
Fonseca Mora, funcionario de la Dirección de Infraestructura y Equipamiento Escolar, del
Ministerio de Educación, para desempeñar el puesto de profesor en la especialidad de
Mantenimiento Industrial en el COVAO nocturno.
Justifica la solicitud, en virtud de que dado lo específico de la especialidad de
Mantenimiento Industrial es muy difícil encontrar profesores dispuestos a compartir sus
conocimientos, y principalmente encontrar profesionales calificados en esta área.
Criterio del Despacho
En primera instancia, es importante hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo
17 de la Ley n°. 8422, aplicable al caso en estudio. Dicho numeral establece la prohibición para el
funcionario público de desempeñar simultáneamente más de un cargo remunerado en los órganos y
entidades de la Administración Pública. Es decir, ninguna persona podrá percibir más de un salario
en razón del desempeño de cargos públicos, con las salvedades que el mismo artículo establece,
entre estas, la de labores o trabajos extraordinarios.
De lo regulado en el párrafo segundo del numeral de cita y lo conceptualizado con mayor
claridad mediante el artículo 1, inciso 40) del Re ...
Fecha publicación: 22/05/2010
Fecha emisión: 19/05/2010
Institución: COLEGIO VOCACIONAL DE ARTES Y OFICIOS (COVAO)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION JURIDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 01064
1º de febrero de 2010
DJ-0419-2010
Señora
Dra. Jody Steiger Goodmen
Directora Ejecutiva
TEATRO NACIONAL
Apartado Postal 5015 San José
Fax 22 23 49 90
Estimada señora:
Asunto: Rechazo solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley No. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Publica.
Damos respuesta a su oficio N° TN-0503-2009 del 11 de noviembre de 2009, recibido en esta Contraloría General el 17 de noviembre siguiente, complementado con oficio Nº TNDG-0108-09 de 18 de diciembre de 2009, mediante el cual solicita autorización por parte de este órgano contralor para que los servidores públicos que se indican a continuación, puedan realizar labores de trabajo extraordinario.
Indica que las labores de trabajo extraordinario están asociadas a la presentación de eventos artísticos, culturales y protocolarios, con el fin de cumplir con los objetivos dispuestos en la Ley Nº 8290, Ley de Creación del Teatro Nacional, que no pueden ser calificados como horas extras, durante la temporada de eventos del 2010.
Así, solicita la autorización para poder contratar a los siguientes funcionarios:
1. Rodrigo Llosent Romero, cédula 1-948-602, quien labora como Profesional Servicio Civil I-A, para desempeñarse como Administrador Eventos/Coordinador Brigadas.
2. Adolfo Guzmán Zúñiga, cédula 3-304-792, quien labora como Jornal, para desempeñarse como Asistente Administrador Eventos/Encargado Puerta 2.
3. Edwin Calderón Zúñiga, cédula 3-237-901, quien labora como Jornal, para desempeñarse como Asistente Administrador Eventos/Encargado Puerta 2.
4. Hubert Sánchez Gómez, cédula 1-810-100, quien labora como Jornal, para desempeñarse como Asistente Administrador Eventos/Coordinador Seguridad.
5. Luis Emilio Aguilar González, cédula 6-284-391, quien labora como Profesional Servicio Civil 1-A, p ...
Fecha publicación: 01/02/2010
Fecha emisión: 29/01/2010
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 13344
14 de diciembre, 2009
DJ-2522
Señor
Jorge Antonio Muñoz Guillén
Director Nacional
INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTES Y LA RECREACIÓN
Estimado Señor:
Asunto: Solicitud de autorización para realizar trabajo extraordinario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, N° 8422
Se atiende oficio no. DN003133-11-09 del 27 de noviembre de 2009, mediante el cual el Instituto Costarricense de Deportes y la Recreación, en adelante el ICODER, solicita autorización para que doce funcionarios de esa entidad, cuyas cédulas de identidad, puestos en la institución y su remuneración, constan en la lista que se adjunta, para que colaboren en la XXX Edición de Juegos Deportivos Nacionales Alajuela 2010, que se desarrollarán en esa provincia y que abarcará a catorce cantones desde Alajuela Centro hasta Los Chiles. Lo anterior se solicita de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, no 8422.
Además se indica que dado el volumen y complejidad de las labores del programa, se requiere de la colaboración de estos doce funcionarios que no son precisamente funcionarios de la División de Deportes sino que laboran en otras unidades organizativas del ICODER, quienes deberán desarrollar su accionar fuera de la jornada ordinaria y en forma temporal del 16 al 25 de enero de 2010. Además indica que el trabajo extraordinario es para realizar labores distintas tanto de control como supervisión y ejecución en los distintos puntos de la organización de la etapa final, como supervisores cantonales, en asistentes de protocolo, inauguración y clausura, etc. También informa que estas labores deberán ser desarrolladas por funcionarios cuya contratación en el ICODER fue para otros fines, lo que permitirá ahorrar recursos porque si no se tendría que cont ...
Fecha publicación: 14/12/2009
Fecha emisión: 11/12/2009
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DEL DEPORTE Y LA RECREACION (ICODER)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISION JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12572
30 de noviembre, 2009
DJ-2302
Señor
Olman Segura Bonilla
Rector
UNIVERSIDAD NACIONAL
Estimado señor:
Asunto: Autorización de dos funcionarios para realizar trabajo extraordinario, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley no. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, para la aplicación de la prueba académica de las universidades.
Damos respuesta a su oficio no. R-3266-2009 del 12 de noviembre de 2009, mediante el cual nos solicita que en razón de la autorización conferida mediante oficio no. 07435, DJ-0203 del 13 de julio de 2009, para realizar trabajo extraordinario de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley no. 8422, Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, se incluya a los funcionarios Atencio Morales Roy, cédula de identidad no. 6-0187-0513 y Barrantes Brais Kristy, cédula de identidad no. 5-0322-0150, de la Universidad Nacional, en la autorización para realizar trabajo extraordinario para la aplicación de la prueba académica en las universidades que fue autorizada, debido a que los encargados de coordinar en los Centros Educativos dicha prueba contactaron a estos funcionarios con posterioridad al envío de la información a este órgano contralor.
Sobre el particular, en el tanto nos encontremos ante los mismos supuestos que justificaron la autorización conferida anteriormente por este órgano contralor, respecto a los dos funcionarios ahora mencionados, es decir, que para la aplicación de la prueba académica, es necesario que personal calificado, se desplace a las sedes definidas en todo el territorio nacional y que en dicha actividad para el 2009, las pruebas están programadas para ser aplicadas en cinco convocatorias en los meses de setiembre y octubre, en fechas establecidas, cuya duración es de aproximadamente cuatro horas y esa entidad ha verificado la declaración jurada de ho ...
Fecha publicación: 03/12/2009
Fecha emisión: 30/11/2009
Institución: UNIVERSIDAD NACIONAL (UNA)
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio No. 12573
30 de noviembre, 2009
DJ-2303
Doctora
Jody Steiger Goodmen
Directora General
TEATRO NACIONAL
Estimada señora:
Asunto: Se rechaza solicitud de autorización para el pago de tiempo extra funciones de escenario de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, no. 8422
Se atiende oficio no. -0516-2009 del 16 de noviembre de 2009, mediante el cual solicita autorización para el pago de tiempo extra funciones al personal de escenario (tramoya, luminotecnia, sonido, escenografía, electricistas y puestos afines) del Teatro Nacional, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, no. 8422.
Fundamenta su solicitud en que estos funcionarios deben continuar con la prestación de sus servicios durante las noches o días feriados, conforme la programación de eventos y este es un mecanismo que le resulta a la entidad más económico, eficiente y efectivo y no se tiene posibilidad de contratar nuevo personal para ejecutar sus labores. Señala además, que este mecanismo de “pago tiempo extra funciones” se originó en la necesidad específica que tiene esa institución así como otras similares, de remunerar a los funcionarios que deben trabajar durante los espectáculos que se realizan fuera de la jornada laboral, circunstancias especiales que ameritaron que este órgano contralor excepcionalmente autorizara un mecanismo de servicios fuera de la jornada laboral en el presupuesto de la institución (oficios no. 6135 del 12 de junio de 1998 de la Dirección General de Presupuestos Públicos, oficios GJ-050-2000 de 10 de febrero de 2000 y CO-147 (1441 del 17 de febrero de 2000, oficio no. 6135 del 12 de junio de 1998 de la Dirección de Presupuestos.
I. Criterio del Despacho
La posibilidad de realizar contrataciones bajo la modalidad de trabajo extraor ...
Fecha publicación: 30/11/2009
Fecha emisión: 27/11/2009
Institución: TEATRO NACIONAL
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
26 de octubre, 2009
DJ-1759
MBA.
Carlos Edo. Borbón Morales
Jefe Centro de Capacitación
DIVISIÓN DE GESTIÓN DE APOYO
Estimado señor:
Asunto: Autorización para que la servidora María de los Ángeles Guevara Zeledón, preste servicios como instructora, al amparo de la figura de trabajo extraordinario, conforme el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Nos referimos a su oficio N° DGA-UCC-0144, de 22 de octubre de 2009, recibido el mismo día, mediante el cual solicita nuestra autorización para que la servidora María de los Ángeles Guevara Zeledón, cédula de identidad Nº 1-552-960, funcionaria de esta Contraloría General, se desempeñe como instructora del Curso sobre Control Interno que se impartirá en el Banco Central durante el mes de noviembre de 2009, al amparo de la figura de trabajo extraordinario, conforme el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito.
Señala que dicha servidora impartirá un evento de 8 horas en total durante el mes de noviembre, fuera de la jornada laboral, en un horario de 5:30 p.m. a 9:30 p.m.
Además, se solicita el pago por una única vez de 8 horas para el diseño y desarrollo del curso mencionado a la funcionaria Guevara Zeledón, en las mismas condiciones de la impartición, que se desarrolle fuera de jornada ordinaria.
El pago se hará a razón de ¢17.000.00 por hora impartida menos las deducciones de ley de acuerdo con el ajuste en el modelo de costo del proyecto actualizado con la inflación del año 2008.
· Criterio de la División
En primera instancia, es importante hacer un breve análisis sobre los alcances del artículo 17 de la Ley No. 8422, aplicable al caso en estudio. Dicho numeral establece la prohibición para el funcionario público de desempeñar simultáneamente más de un cargo remunerado en los órganos y entidades de la Administración Pública. Es decir, ninguna persona podrá percibir más de un salario en razón del desempeño de cargos ...
Fecha publicación: 29/10/2009
Fecha emisión: 26/10/2009
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
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DIVISIÓN JURÍDICA
Al contestar refiérase
al oficio N° 10335
07 de octubre, 2009
DJ-1476
Ingeniero
Juan Carlos Corrales Salas, MBA
Gerente General a.i.
BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Estimado señor:
Asunto: Sobre solicitud de autorización para integrar más de tres juntas directivas según lo contemplado en el artículo 17 de la Ley Contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública.
Se refiere este Despacho a su oficio Nº GG-0192-2009 del 29 de mayo de 2009, ampliado con los oficios GG-0275-09 del 16 de julio, y GG-0297-09 del 3 de agosto, ambos de 2009.
I. Motivo de la solicitud
Se solicita autorización bajo el artículo 17 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley Nº 8422 para que los señores directores José Álvaro Jenkins Rodríguez, Giancarlo Luconi Coen, Maritza Silva Gamboa, Eduardo Salgado Ulloa, Alejandro Soto Zúñiga y Alfredo Volio Pérez, puedan integrar la Junta Directiva de BN LEASING S.A., ya que actualmente se encuentran nombrados en más de tres juntas directivas u otros órganos colegiados pertenecientes a órganos, entes o empresas de la Administración Pública.
Señala que de conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) y el párrafo penúltimo del artículo 61 de la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, Ley Nº 1644 de 25 de setiembre de 1953 y sus reformas y en virtud de la reforma que se introdujo mediante Ley Nº 8634 de 23 de abril de 2008, los bancos públicos cuentan con una autorización del legislador para constituir sociedades anónimas conforme a las normas pertinentes del Código de Comercio, con el fin de llevar a cabo operaciones de arrendamiento financiero u operativo.
Indica que con base en dicha autorización legal, la Junta Directiva General del Banco Nacional de Costa Rica, mediante acuerdo adoptado en los artículos 12 de la sesión Nº 11522 del 17 de febrero y 12 de la sesión 11531 del 17 de marzo de 2009, autorizó la creación de la sociedad BN LEASING S.A. y aprob ...
Fecha publicación: 13/10/2009
Fecha emisión: 07/10/2009
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: AUTORIZACIONES VARIAS
Proceso: AUTORIZACIONES DE TRABAJO EXTRAORDINARIO
Tesauro: Desempeño Simultaneo de Cargos Publicos